La extranjería es un área muy delicada y un mal asesoramiento puede frustar tus planes de establecerte en España o poner en peligro tu permanencia y la de tu familia. La acreditada experiencia y alta especialización de nuestro equipo de profesionales en extranjería, inmigración y nacionalidad nos permite cubrir con la máxima garantía cualquier servicio relacionado con esas áreas y que no tengas que preocuparte por nada.
En Al-Magreb te ofrecemos servicios personalizados de asesoría jurídica en todo tipo de trámites de extranjería y nacionalidad, por lo que, si necesitas información y asesoramiento sobre algún tipo de autorización, solicitud o trámite, sobre requisitos, documentación exigible o procedimiento, no dudes en plantearnos tus necesidades para que podamos ofrecerte las mejores soluciones.
Contamos con un equipo de profesionales especializado y con amplia experiencia en extranjería que te darán el mejor asesoramiento y te acompañarán durante todo el procedimiento.
En qué podemos ayudarte
Somos la mejor opción para temas relacionados con extranjería
Modificaciones de una autorización
Se habla de ‘modificar una autorización’ cuando la persona extranjera, que, teniendo una autorización de residencia o estancia en vigor, solicita a la Administración la concesión de otro tipo de autorización que se ajuste a sus necesidades o circunstancias personales. De este modo, se podrán modificar determinadas autorizaciones si se cumplen determinados requisitos previstos en la legislación de extranjería.
Estos son los supuestos de modificación:
- Modificación de la situación de residencia a residencia y trabajo.
- Modificación de régimen comunitario a régimen general: Supuestos nulidad, divorcio o cancelación y supuestos de cese como ciudadano de la Unión Europea o cese como titular de una tarjeta de residencia de familiar de comunitario.
- Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a residencia no lucrativa, o residencia y trabajo.
- Modificación de la situación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas a residencia y trabajo.
- Autorización de residencia temporal y trabajo que compatibiliza las actividades lucrativas por cuenta propia y ajena.
- Modificación del ámbito territorial y la ocupación de la autorización de residencia y trabajo inicial por cuenta ajena.
- Modificación de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o cuenta propia a residencia, residencia con excepción, residencia y trabajo como investigación o profesional altamente cualificado.
Renovación de autorizaciones temporales
Residencia temporal no lucrativa, residencia temporal y trabajo por cuenta ajena o propia, residencia temporal por reagrupación familiar, autorización de residencia temporal y trabajo para la investigación y de profesionales altamente cualificados.
Prórroga de autorización de estancia por estudios, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado
Es una prórroga anual de la autorización para realizar en España estudios, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado. También se autoriza la prórroga anual de la estancia de los familiares de los extranjeros en estas situaciones de estancia.
Autorización de regreso
Permite la salida de España y el retorno en un plazo no superior a 90 días. Autoriza la salida al extranjero y el posterior retorno a territorio nacional en un plazo no superior a noventa días para aquellos extranjeros cuya autorización de residencia o estancia se encuentre en periodo de renovación o prórroga.
Solicitud de inscripción de pareja de hecho
Registrarse como pareja de hecho es una alternativa al matrimonio para muchos ciudadanos. Una unión de hecho es la unión de dos personas que conviven de forma libre, pública y notoria, entre las que existe un vínculo afectivo similar al de un matrimonio. Además de mediante escritura notarial, estas uniones pueden inscribirse en un registro de parejas de hecho. Al constituirse formalmente, la pareja adquiere una serie de derechos y obligaciones.
En Al-Magreb te daremos información y te asesoraremos sobre dónde dirigirse para realizar la inscripción e inficarte cuál es el procedimiento para llevarlo a cabo.
Matrimonio en España de ciudadanos extranjeros
Los matrimonios celebrados en España por extranjeros están admitidos en el derecho español, debiendo cumplir las formas permitidas para su celebración, sea la forma civil o religiosa correspondiente.
Si deseas obtener información y asesoramiento sobre requisitos, documentación exigible y procedimiento no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
Canje del permiso de conducir
Consiste en el reconocimiento, por parte del Gobierno de España, de la validez de permisos de conducción emitidos por países extranjeros que permiten la conducción en carreteras nacionales, equiparándolos con el permiso español. El canje se realiza en virtud de convenios internacionales. La DGT emite un permiso de conducir español en virtud del permiso obtenido en un país extranjero y está sujeto a una serie de requisitos.
Homologación, equivalencia y convalidación de títulos extranjeros
Si deseas hacer valer en España títulos académicos realizados en el extranjero correspondientes a enseñanzas que formen parte de un programa oficial, cursado en una universidad o institución de educación superior reconocida de forma oficial, deberás solicitar la homologación, equivalencia y convalidación de tu título siempre que se cumpla con una serie de requisitos.
- Homologación de títulos extranjeros de educación superior a títulos oficiales universitarios españoles de Grado o Máster que den acceso a profesión regulada en España.
- Equivalencia de título extranjero de educación superior a titulación y a nivel académico de Grado o Máster universitarios oficiales en ramas de conocimiento y campos específicos.
- Reconocimiento de Títulos obtenidos en la Unión Europea para el ejercicio de profesiones en aplicación de la Directiva 2005/36/CE.
- Convalidación de estudios extranjeros por estudios universitarios españoles parciales.
- Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros.
Solicitud de Protección Internacional: Asilo y Protección Subsidiaria
De acuerdo con la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 la Ley 12/2009 reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria (artículo 3), se establece que “la condición de refugiado se reconoce a toda persona que, debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a causa de dichos temores, no quiere acogerse a la protección de tal país, o al apátrida que, careciendo de nacionalidad y hallándose fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, por los mismos motivos no puede o, a causa de dichos temores, no quiere regresar a él, y no esté incurso en alguna de las causas de exclusión del artículo 8 o de las causas de denegación o revocación del artículo 9”.
La resolución favorable sobre la petición de asilo en España supondrá el reconocimiento de la condición de refugiado del solicitante. El reconocimiento de este derecho comporta, entre otras, las siguientes medidas:
- Concesión de la autorización para residir en España.
- Expedición de los documentos de viaje e identidad que sean necesarios.
- Concesión de autorización para desarrollar actividades laborales, profesionales o mercantiles.
- No devolución ni expulsión en los términos del artículo 33 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados.
En el equipo de Al-Magreb contamos con amplia experiencia en materia de asilo y refugio, pídenos cita y te informaremos y asesoraremos sobre cómo preparar y presentar tu solicitud de protección internacional si consideras que tienes derecho a obtener dicha condición.
Obtención de documentación acreditativa de la situación legal en España de los extranjeros
- NIE – Número de identidad de Extranjero.
- TIE – Tarjeta de Identidad de Extranjero.
- Cédula de inscripción.
- Título de viaje.
- Certificado de ser o no residente en España.
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