Cualquier documento público que vaya a ser presentado en el extranjero debe ser legalizado o apostillado en las correspondientes instituciones, administraciones y órganos del Estado, aunque estos requerimientos pueden cambiar dependiendo del país.
Este servicio va dirigido a todos los ciudadanos marroquíes que residan en España y que necesiten realizar este trámite en su país de origen sin necesidad de desplazarse, así como para ciudadanos españoles que deseen viajar a Marruecos y necesiten llevar consigo sus documentos apostillados previamente.
Existen documentos que no necesitan apostillarse, como aquellos expedidos por representaciones consulares o diplomáticas, así como los documentos administrativos relativos a operaciones aduaneras o comerciales y todos aquellos que estén exentos de legalización o apostilla.
¿Dónde puedo solicitar mi Apostilla?
En Al-Magreb nos encargamos de solicitar por ti la Apostilla de tus documentos en Marruecos y/o España para que no tengas que desplazarte y así agilizar todos tus trámites
Apostilla de la Haya en Marruecos
Confía en nosotros para realizar este trámite y despreocúpate
Tradicionalmente, los documentos públicos expedidos en Marruecos debían legalizarse con los sellos del Ministerio de Asuntos Exteriores de Marruecos y, seguidamente, los del Consulado del Reino de España en Marruecos para, posteriormente, presentarlos en España.
Desde el 14 de agosto de 2016, se ha simplificado este procedimiento mediante la incorporación de Marruecos al Convenio de Apostilla de la Haya. Ahora, los documentos públicos marroquíes sólo requieren de la expedición de dicha Apostilla para que sean autenticados y válidos en España.
La Apostilla de la Haya certifica la autenticidad de las firmas contenidas en los documentos públicos que expide un país que pertenezca al Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961.
Los países firmantes de este convenio (como Marruecos) no necesitan legalizar los documentos públicos extranjeros que vayan a surtir efecto en otro país perteneciente a dicho convenio y serán reconocidos en los otros países del convenio sin necesidad de ninguna otra autenticación.
Cualquier portador de un documento público puede solicitar dicha Apostilla si desea certificar su autenticidad.
Si deseas saber si tu país pertenece a uno de los Estados firmantes del convenio, puedes consultarlo aquí.
Dicha Apostilla deberá emitirse por las distintas autoridades competentes marroquíes, entre ellas: los Tribunales de Apelación marroquíes, los Tribunales de Primera Instancia marroquíes, el Ministerio de Justicia y Libertades de Marruecos, los Registros Civiles, las Wilayas o amalatos, los servicios de autentificación de firmas y copias conforme al original, la Dirección General de la Seguridad Nacional.
IMPORTANTE
Se deberá llevar a cabo este trámite ANTES de solicitar la traducción del documento original, ya que el traductor deberá traducir también la Apostilla. Las traducciones juradas de documentos marroquíes y de los demás países árabes realizadas por traductores jurados u oficiales de dichos países no serán válidas en España. Solamente se admitirán las traducciones juradas hechas por traductores jurados nombrados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España, ya que España considera que dichas traducciones son oficiales, pero no de carácter público, sino privado.
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