Ultimamente los clientes nos preguntan si las traducciones juradas tienen fecha de caducidad. La respuesta es que no, la traducción no caduca. Sin embargo, hay documentos que sí tienen fecha de caducidad, como puede ser un certificado de antecedentes penales o un acta de matrimonio. Por lo tanto, si el documento ha caducado, nuestra traducción ya no será válida debido a que las traducciones juradas deben ir siempre acompañadas de una copia del documento original y la traducción debe estar sellada y firmada y, tanto en la traducción como en la copia del original, debe figurar la misma fecha de expedición de nuestra traducción.

Por ejemplo, los antecedentes penales de Marruecos tienen una validez de 3 meses desde su expedición, las actas de matrimonio un año y 6 meses para las actas de nacimiento. En España ocurre lo mismo, muchos de los documentos oficiales que se expiden en el registro civil tienen una validez de entre 3 y 6 meses, dependiendo del documento.

Además, si el cliente saca una nueva copia de un documento, por ejemplo un certificado de antecedentes penales de Marruecos, no podrá usar la traducción antigua aunque los datos que figuren en el documento no hayan cambiado. Esto se debe a que en el certificado habrá cambiado la fecha de expedición de este o la fecha de expedición de la Apostilla de La Haya, por lo que la traducción antigua tendrá también que ser actualizada con las nuevas fechas y datos que hayan sido modificados.

Siempre aconsejamos a nuestros clientes que revisen bien la validez de sus documentos antes de solicitar una traducción, ya que en algunas ocasiones los traductores nos vemos obligados a trabajar a contrarreloj para evitar que al cliente le caduquen sus documentos y pierda su cita en la Administración.

En Al-Magreb recomendamos seguir los siguientes pasos:

  1. Solicita la expedición de tu documento cuando ya dispongas del resto de documentos necesarios que debes presentar (por ejemplo, en caso de solicitud de la nacionalidad española, aconsejamos solicitar los documentos una vez nos hayamos examinado de las pruebas necesarias para la obtención de la nacionalidad y una vez recibidos dichos certificados).
  2. Solicita tu traducción jurada.
  3. En último lugar, pide tu cita en la Administración correspondiente cuando ya dispongas de todos los documentos necesarios.

Son muchos los clientes que desconocen todos estos detalles, por eso recomendamos siempre acudir a un profesional para que os informen de todos los detalles de los procedimientos ante la Administración.