El Ministerio de Justicia facilitará los trámites a las personas analfabetas y a los que hayan cursado determinados estudios en España

Este año 2019 ha traído importantes novedades respecto del procedimiento de solicitud de la nacionalidad española por residencia. El Ministerio de Justicia está trabajando en un proyecto de Real Decreto que facilitaría el acceso a la nacionalidad española por residencia a personas analfabetas o que presentan dificultades de aprendizaje para las cuales es imposible o muy difícil superar los exámenes obligatorios de lengua y cultura española, conocidos como DELE (español como lengua extranjera nivel A2) y CCSE (prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales de España), mediante la solicitud de una dispensa.

El Ministerio de Justicia ya estableció esta dispensa en una orden publicada en 2016, Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de la nacionalidad española por residencia, pero será en el Real Decreto que se está elaborando y que modifica al anterior de 2015 (RD 1004/2015, de 6 de noviembre) en el que se establecerá el procedimiento concreto y los requisitos.

¿A qué se debe este cambio de criterio?

El Ministerio ha subrayado que dicha dispensa responde a la necesidad de cumplir los principios constitucionales de igualdad y de no discriminación y por tanto se deben tener en cuenta las limitaciones personales, no pudiendo ser el sistema de acreditación igual para todas las personas, ya que quedarían fuera del acceso a la nacionalidad española quienes, por su escaso nivel cultural o por limitaciones personales, no pudieran alcanzar el conocimiento necesario para aprobar los exámenes. El artículo 9.2 de la Constitución española exige a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas y remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud.

De este modo, el Ministerio de Justicia pretende adaptar el procedimiento de solicitud y hacerlo más igualitario y no discriminatorio para aquellas personas que no sepan leer ni escribir (aun cuando puedan hacerlo en su lengua materna) o tengan dificultades de aprendizaje, permitiendo que disfruten de los apoyos y los ajustes razonables que les permitan acceder en condiciones de igualdad efectiva a la nacionalidad española por residencia.

Justicia entiende que, aunque pudiera ser indicativo de una falta de integración social en España, no constituye por sí mismo motivo suficiente para no poder acceder a la nacionalidad española, siempre que el solicitante entienda y pueda comunicarse sin problema en español con la fluidez suficiente para conocer la realidad sociocultural y quede acreditado suficientemente el grado de integración en la sociedad española. Con la intención de regular estas situaciones, la DGRN y el Ministerio de Justicia ha abierto un periodo de consulta previa sobre esta propuesta de Reglamento.

¿Qué ocurre con aquellas personas que hayan estado escolarizadas en España y superado la Educación Secundaria Obligatoria (ESO), así como una Formación Profesional, Bachiller o estudios universitarios en España?

Aquellos solicitantes que hubieran cursado determinados estudios en España y hubieran obtenido el correspondiente título, están exentos de realizar las pruebas DELE y CCSE. Tampoco tendrán que solicitar el documento de dispensa, incorporando simplemente la documentación oportuna que acredite la superación de dichos estudios en la solicitud. Los títulos deberán haber sido obtenidos en España, no siendo aceptados aquellos títulos que se hayan obtenido en el extranjero o que posteriormente hayan sido homologados en España.

Así pues, el Real Decreto de Dispensa que está elaborando el Gobierno y que probablemente se apruebe a lo largo de 2019, establecerá el procedimiento concreto y los requisitos de los supuestos de dispensa de los que hemos hablado.

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